LOS EXPEDIENTES DE EXHUMACIÓN Y TRASLACIÓN DE CADÁVERES COMO FUENTE PARA LA GENEALOGÍA






David CORBELLA GUADALUPE
Lcdo. Geografía e Hª, sección Hª del Arte
Técnico del AHDSCLL
Miembro de la Sociedad de Estudios Genealógicos y Heráldicos de Canarias




Este trabajo[1] surge del estudio de la documentación localizada durante la limpieza de unos legajos de dispensas matrimoniales pertenecientes al Fondo Histórico, sita en el Archivo Histórico Diocesano de San Cristóbal de La Laguna. En este proceso nos llamó la atención la diferencia tipológica de algunos expedientes respecto al resto de la serie documental que acompañaban, por lo que decidimos segregarlos para su inventario y catalogación.

La documentación analizada está enclavada en el siglo XIX, en un marco cronológico que va de 1824 a 1885, con una temática común: la muerte. Mezclados en un mismo legajo, localizamos expedientes que tratan de asuntos que van desde la creación de los cementerios y su propiedad hasta la profanación de los mismos; pasando por autos sobre derechos de enterramientos, aranceles, o exhumación y traslación de cadáveres. Estos últimos son los que hemos recuperado para nuestro estudio por poseer una tipología documental que puede servir como fuente genealógica, al tiempo que son la consecuencia histórica; por un lado, de las circunstancias sociales y culturales de respeto a la muerte; y por otro, de la normativa sanitaria existente en el siglo XIX.

Desde el punto de vista social el entierro de un cadáver en una fosa no garantizaba la propiedad sobre la misma. En la mayor parte de los casos el primer enterramiento no se realizaba en un sepulcro de propiedad particular, sobre todo a inicio del siglo XIX, sino en una fosa común de la cual deben ser exhumados los restos para su traslación a un sepulcro definitivo cuyo solar debe ser comprado.

Después de un tiempo prudencial (entre los dos y los cinco años) los restos debían ser exhumados, sobre todo si se necesita hacer uso del solar para el enterramiento de otro cadáver. Cuando las exhumaciones se realizaban de manera generalizada eran conocidas como «mondas», siendo llevados aquellos restos que no tenían posibilidad de una nueva ubicación a una fosa comunitaria. Es por esta razón por la que surge la necesidad en los parientes del finado de tener un lugar donde poder rendir homenaje a sus muertos de forma permanente, sin el peligro de la pérdida de los restos de su familiar en una fosa común. De este modo, junto a las solicitudes de exhumación de cadáveres, surgen las peticiones de licencias para la construcción de un sepulcro en propiedad o de un panteón familiar, como forma de reubicar en un solo lugar los restos de sus ascendentes, al tiempo que se establece visualmente una diferenciación social. Relacionado con este aspecto localizamos en los expedientes solicitudes de permiso para la colocación, una vez acabado el sepulcro, de una lápida[2] funeraria, con o sin inscripción[3] en ella, para distinguir los restos que allí se conservan.

De forma paralela las cuestiones de índole sanitarias estarán presentes en los expedientes analizados debido a que la mayoría fueron tramitados para la exhumación de los restos, su traslado y reubicación. Para hacer esto posible había que incoar un expediente con el informe favorable de todas las partes implicadas que permitiera abrir la fosa, no sólo en función de que hubiese pasado el tiempo establecido por la ley, sino atendiendo a cuestiones de índole de sanidad pública. Por esta razón se incorpora, como documento necesario a presentar por parte del solicitante, el informe del médico que atendió al difunto, si lo hubiera, o en su defecto la partida de entierro o de defunción del finado, ya que éstos hacen referencia expresa a las circunstancias en las que se produce el óbito del futurible exhumado. Como el traslado podría efectuarse dentro de un mismo cementerio o entre cementerios de distinta municipalidad, una vez obtenido el permiso se realizaba un riguroso protocolo de actuación para evitar problemas de orden infeccioso.

 ENTERRAMIENTO Y SANIDAD PÚBLICA.

Durante el siglo XVII y buena parte del XVIII, la normativa recogida en las «Constituciones Sinodales» del obispo Cámara y Murga (1634) será la que va a regir los enterramientos en los templos de Canarias. En la introducción a la Constitución XXII, dedicada a las sepulturas, se afirma que: «La Fe Catolica nos dize, que los cuerpos han de bolver a la tierra, de que fueron formados»[4].


Con la llegada del Setecientos comienza a cuestionarse la seguridad que tenía para la salud pública la existencia de enterramientos en los templos parroquiales, quedando obsoletas a finales de esa centuria las medidas tomadas hasta entonces. Los continuos brotes infecciosos, fruto del hacinamiento de los cadáveres en los templos, motivaron la aprobación de la Real Cédula[5] de 3 de abril de 1787, por la que Carlos III obliga la construcción de cementerios fuera de las poblaciones en sitios ventilados y distantes de las casas de los vecinos.

A partir de esta ley, y a lo largo del XIX, se van a ir sucediendo otras que afectarán no sólo a la creación de los cementerios sino también a cuestiones reflejadas, directas o indirectamente en los expedientes analizados. Parte de esta normativa será en origen modificaciones de las Sinodales antes referidas, adaptadas para crear un cuerpo jurídico sólido en torno al funcionamiento del camposanto.


Losa de piedra de una sepultura reutilizada como primer peldaño de una escalera.
Museo de Historia de Tenerife, antiguo Palacio Lercaro, San Cristóbal de La Laguna (Tenerife)
Entre la R.C. de 3 de abril de 1787 y la Real Orden[6] de 5 de abril de 1889, fecha límite de nuestro trabajo, hemos recopilado para su análisis las normas existentes relativas a la sanidad[7]; el ornato[8]; y el traslado de cadáveres[9], las cuales crearán en su desarrollo fuentes indirectas aprovechables para la realización de un estudio genealógico.

 La exhumación antes del siglo XIX.

Como hemos visto, durante el Antiguo Régimen el suelo de las iglesias, ermitas y claustros sirvieron para dar sepultura a las personas que fallecían en el seno de la Iglesia Católica. Según las Sinodales[10], si una vez hecho el enterramiento la sepultura no estuviere dotada se puede abrir a los dos años para dar entierro a cualquier difunto, pasando los restos a ser colocados en unos osarios dentro de las iglesias o en la parte donde pareciere mas a propósito; «porque todo esto sera menester para desembaraçar las sepulturas, para que quepan los cuerpos»[11].
)

A pesar de estas disposiciones, dentro de la Iglesia prevalecía la negligencia a la hora de cuidar el estado y aspecto de los enterramientos. En Canarias, hasta bien entrado el siglo XVIII, los cristianos recibían entierro en su iglesia parroquial envueltos en un simple sudario sin ataúd, algo que influía directamente sobre las epidemias. Por cuestiones de seguridad las Sinodales mandaban que si alguno muriere de repente no se enterrase hasta pasadas veinte y cuatro horas[12] y el traslado de un cadáver desde la iglesia donde esta enterrado en propiedad a otra, no pudiera realizarse sin la licencia del Obispo o del Provisor, dada por escrito, so pena de seis ducados[13].
Sepultura en la Iglesia de Ntra. Sra. de la Concepción,
San Cristóbal de Laguna (Tenerife)


A finales de siglo, en la R.C. de 15 de noviembre de 1795, recogida en la «Novísima Recopilación de las leyes de España»[14], se recuerda que mientras no se construyeran los cementerios rurales los cadáveres se enterraran en las iglesias de manera adecuada[15] y con la profundidad requerida, obligando a que las mondas se hiciesen en las horas, estaciones y estado convenientes[16].

La exhumación durante el siglo XIX.

Las Reales Órdenes de 27 de marzo de 1845; de 19 de marzo de 1848; y de 30 de enero de 1851, son las que van a regir las exhumaciones durante el siglo XIX. La primera y segunda hacen referencia a que los cadáveres sólo podrían ser trasladados a cementerios o panteones particulares cuando hubiesen pasado desde el entierro tres años para la normativa de 1845 y dos para la de 1848. La tercera, por su parte, establece que el tiempo de espera fuera de cinco años antes de la exhumación, pudiéndose realizar el traslado de un cadáver de un lugar a otro dentro del mismo cementerio; prohibiendo las mondas o limpias generales de los mismos. Es decir, en sólo seis años la normativa se hace más restrictiva, manteniéndose igual para traslado de los huesos secos al osario que podría realizarse en cualquier tiempo y sin intervención de facultativos[17]. En cualquier caso, la autorización debe basarse en los puntos recogidos en la legislación arriba nombrada. Así se hace constar en el informe favorable que realiza el Beneficiado de La Concepción de La Laguna a la solicitud presentada en 1865 por Carlos Vega y Díaz, para exhumar y trasladar el cadáver de su madre Ángela Díaz, enterrada nueve años antes en el cementerio de dicha ciudad, dándole el visto bueno porque: «el tiempo transcurrido eccede (sic) del que marcan las leyes vigentes para la exhumación de los cadáveres»[18].

Pese a la claridad de la normativa existen contradicciones por parte de las instituciones implicadas en la interpretación de los años que deben pasar para dar el permiso, por remitirse unos a la ley de 1848 y otros a la de 1851. Esto es lo que ocurre en la petición que realiza en 1867 Domingo Brito y Salazar, beneficiado ecónomo de la iglesia parroquial de La Peña de Francia en el Puerto de la Cruz, para exhumar el cadáver de su sobrino Eusebio Perdigón y trasladarlo al cementerio de La Orotava. En dicho documento hay un informe del Párroco de La Concepción de La Laguna, bajo cuya jurisdicción fue enterrado, en el que se menciona que: «no esta cumplida la época de tres años»[19]. Sin embargo, el informe que emite el Párroco de La Concepción de La Orotava, a cuyo cementerio debían trasladarse los restos, dice: «que habiendo pasado ya dos años, puede hacerse la exhumacion de los restos del cadáver, pues los tres no se exigen, si no para los fallecidos en epidemias»[20]. Finalmente será el Gobernador Eclesiástico quien inclinará la balanza, concediendo licencia para «exhumar y   trasladar los restos mortales del precitado»[21].

En otras ocasiones se menciona una ley que en teoría debía estar vigente, pero no lo está. Así ocurre en el expediente tramitado en 1872 por Fernando Viejobueno y López, vecino de Santa Cruz de Tenerife, en el que solicita la exhumación y traslado del cadáver de su hermano Domingo de un sepulcro a otro dentro del mismo camposanto. En el informe del Párroco de La Concepción de Santa Cruz figura que han transcurrido «los dos años señalados por la Ley»[22], refiriéndose por tanto a la de 1848 y no a la de 1851 que era la que tendría que estar vigente.

Otra contradicción aparece en la solicitud que hace en 1871 Antonio Roquero y Santos, de la misma vecindad que el anterior, para exhumar y trasladar el cadáver de su madre María de los Dolores Santos. En la petición hace referencia a la «Real Orden de diez y nueve de marzo de mil ochocientos cuarenta y ocho»[23], por la que se podía realizar el traslado dos años después del entierro, cuando la ley que estaba vigente era la de 1851 que obligaba a esperar al menos cinco. De este modo el Párroco de San Francisco de Asís, responsable de la jurisdicción parroquial de la difunta, alude en su informe a la viabilidad del traslado: «porque transcurridos los cinco años de la defuncion de su madre, y teniendo el fosero que usar de aquel sepulcro publico, ha construido uno, que llevan las condiciones higienicas»[24]. Es decir, el Párroco omite directamente lo apuntado en la solicitud en relación a la ley de 1848 y menciona lo recogido en el artículo segundo de la de 1851, como verificará en su informe el Fiscal Eclesiástico[25].

También en 1871 realiza su solicitud José Fuentes, de la misma vecindad que el anterior, para la exhumación y traslado a un sepulcro propio del cadáver de su hijo Juan. Aparece mencionado en el informe del Párroco de La Concepción de Santa Cruz la «Ley para exhumaciones de Cadaveras»[26], sin indicar a cuál de las anteriores se refiere, deduciendo que se trata de la Ley de 1851 por la lectura del documento que le continúa; un informe firmado por el Fiscal Eclesiástico[27] donde se alude al artículo segundo de dicha norma.

Por otro lado, en casos excepcionales, cuando los restos a exhumar eran los de un párvulo, se podía ser más laxo en la aplicación de la normativa. Muestra de ello figura en el expediente que realiza en 1868 José Benítez y Morales, de la misma vecindad que los tres anteriores, para la exhumación y traslado a un sepulcro en el mismo cementerio del cadáver de su hija Ana Dolores, fallecida tres años antes. El informe del Párroco de La Concepción de dicha ciudad[28] lo justifica por haber pasado dos años del entierro, añadiendo el Fiscal Eclesiástico que: «según la Ley es suficiente para la exhumación de los cadáveres y maxime considerada como parvula»[29].

Son raras las ocasiones en que se detalla la norma que justifica la decisión tomada. Su excepción aparece en el informe realizado por el Fiscal Eclesiástico en 1871, respondiendo a Juan Monteverde y Bethencourt sobre la exhumación y traslado a un sepulcro familiar en el cementerio de La Orotava de los cadáveres de su esposa y su hijo. Se dará autorización en atención a lo dispuesto en el artículo segundo de la R.O. de 30 de enero de 1851, que hace referencia a una ley anterior: «puede accederse a lo que se solicita con tal que se observen en la exhumación y traslación de los restos mortales, los requisitos que determina la R.O. de 19 de marzo de 1848»[30].

Condiciones del traslado.

El traslado de los cuerpos de una sepultura a otra no podría realizarse sin garantizar el cumplimiento de todas las medidas de seguridad sanitarias. Así se manifiesta en el mandato firmado por el doctor Siverio Alonso del Castillo en 1876 a la solicitud que realiza Francisca González Hernández para exhumar del cementerio de Santa Cruz de Tenerife el cadáver de su esposo Pablo Oramas, y llevarlo al de San Juan de la Rambla. Se especifica en la autorización que dicho traslado se hará: «en una caja desente construida al efecto para inhumarlos en un nicho que el espresado difunto y su familia poseen en dicho cementerio»[31].

De toda la documentación consultada, sólo en una ocasión hemos encontrado el escrito que certifica la realización de todo el proceso conforme a lo requerido por la Ley. Así ocurre en el expediente tramitado a instancia de Patricio Madan para la exhumación del cadáver de su esposa, enterrada en el cementerio de La Laguna, y su traslación al de Santa Cruz donde tiene él su residencia. En el mismo figura un oficio remitido al Gobernador Eclesiástico, firmado por el párroco Domingo Cabrera y Abad, en el que se lee: «En esta mañana ha teni-/ do efecto la exhumación del/ cadáver de Da Pilar Guezala y/ Barnier, para cuyo acto se sir-/ vió Vuestra Señoría comunicarme y se beri-/ fico sin ninguna profanación»[32].


FUENTES GENEALÓGICAS.

A la hora de realizar una investigación genealógica, los expedientes de exhumación y traslación de cadáveres pueden permitirnos conocer aspectos biográficos útiles para la genealogía, cuando se nos ha cerrado otras vías de estudio.

Lo primero que debemos tener en cuenta es la ordenanza civil que afecta a los cementerios y qué aspectos, totales o parciales de la misma, pueden ser aplicados como fuente de investigación. Analizando la legislación del siglo XIX nos encontramos con el Decreto de 23 de junio de 1813, normativa cuya proceso burocrático dará lugar a una fuente documental útil para el tipo de investigación que nos ocupa. En su artículo 2º figura que el párroco será el encargado de enviar cada tres meses al Jefe Político un listado de los nacidos, casados y muertos, con especificación de sexos y edades, añadiendo nota extendida por un facultativo de las clases de enfermedades causantes de los fallecimientos. De este modo, se facilitan unos censos de mortandad que contienen los datos extractados de sus protagonistas, con nota anexa firmada por un médico donde se reflejan las causas y enfermedades que provocaron los fallecimientos.

Sin embargo, habrá que esperar cincuenta y tres años, a la R.O. de 28 de abril de 1866, para que se mencione la obligatoriedad de la existencia de registros de enterramientos y exhumaciones en los cementerios municipales, muy útiles para localizar a los enterrados en un camposanto y a los que habiendo sido inhumados en uno fueron exhumados y trasladados a otro.

Vinculadas con cuestiones sanitarias pero con aplicaciones genealógicas figura la Ley de Registro Civil de 1870 (17 de junio) por la cual, y según la información que aporta (artículos 76 al 95), ningún cadáver podrá ser enterrado sin que antes fuera anotado en el libro de defunciones del Registro de la localidad y sin que el Juez Municipal hubiera expedido la correspondiente licencia de sepultura. Cinco meses después, el Decreto de 13 de diciembre de 1870 añade que una vez asentada la defunción en el libro, el Juez Municipal expedirá la licencia para dar sepultura al cadáver, una vez transcurridas al menos veinticuatro horas desde su fallecimiento[33].

Dos años más tarde, por R.O. de 19 de noviembre de 1872, se publica el modelo de certificación facultativo de defunción, refiriéndose al consentimiento para dar sepultura como «licencias de inhumación», la cual y a modo de planilla presenta una tipología documental que con el paso del tiempo será más exhaustiva, pudiendo beneficiarnos de la información genealógica que aporta.

Por último, y después de sesenta y tres años desde el primer Decreto antes comentado, se firma otro, con fecha de 12 de enero de 1876, que aprueba las disposiciones para reconstruir los libros de los Registros Civiles destruidos, señalando en el punto 4 del artículo 4º que se inscribirán en los mismos los actos civiles que resulten comprobados y puedan conocerse por las investigaciones deducidas que consten en el registro de los cementerios. De este modo, a finales del siglo XIX los registros de los camposantos serán utilizados por la Administración del Estado como punto de partida para completar las lagunas documentales que tenían algunos organismos civiles y podemos considerarla una fuente viable para uso genealógico.

Con todo lo visto, observamos que a lo largo del XIX surge una documentación útil para el estudio genealógico, ampliando el campo de investigación de lo estrictamente sacramental sin las restricciones cronológicas que, en ocasiones, ésta última posee.


Los certificados médicos.
La R.O. de 19 de marzo de 1848 establecía que antes de la concesión de la licencia de exhumación se debía otorgar un permiso firmado por la autoridad eclesiástica y las certificaciones de dos facultativos, en las que se señalase que el traslado del cadáver no perjudica a la salud pública[34]. Junto a los expedientes analizados y formando parte de los mismos, podemos contar con certificados médicos que nos informan sobre las causas de la muerte del fallecido.

Según las competencias del capellán recogidas en el artículo 5º del «Reglamento»[35] del cementerio de la ciudad de La Laguna, no podía entrar ningún cadáver en el camposanto sin la papeleta de admisión del párroco respectivo y la certificación del facultativo que hubiese asistido al difunto, expresándose en la misma la clase de enfermedad de la que había muerto. Por tanto, esta norma llevará aparejada la creación de una documentación que será archivada junto al expediente; al tiempo que da cumplimiento a lo establecido en la R.O. de 12 de diciembre de 1853, en la que se obliga a que la mencionada certificación sea extensiva en caso de ser la muerte repentina: «a la presentación de la corrupción, único signo inequívoco de la muerte en lances dudosos»[36].

La mayor parte de los expedientes de exhumación que hemos visto no contienen este certificado por lo que tenemos que acudir para la obtención de datos sobre las causas del fallecimiento, a las actas de enterramiento o de defunción hechas según la información facilitada por el facultativo. En este sentido, en muchas de ellas figura la frase: «según consta en el certificado[37] que queda archivado»[38], corroborando con esta coletilla que las certificaciones firmadas por los médicos eran archivadas junto con el resto de la documentación y revisadas por los párrocos o sus coadjutores antes de la realización del acta de entierro. Nos llama la atención que, aunque las actas fueron redactadas por el párroco guiándose por un modelo preestablecido, encontremos la omisión sistemática en las mismas, al menos de forma generalizada hasta la segunda mitad del XIX, de datos médicos relativos a determinadas enfermedades estigmatizadas o algunas formas de morir que sí se mencionan en los expedientes, posiblemente por suponer para el fallecido y sus familiares un lastre social o una deshonra.

En muchos de los certificados de las partidas de enterramiento que acompañan los expedientes analizados encontramos que cuando el párroco alude a la causa de la muerte añade la frase: «según declaración del facultativo que [lo/la] asistió». Esta oración, repetida de forma constante en las actas, pretende refrendar que la causa de la muerte que figura por escrito responde a la información facilitada por un especialista y no es una aportación libre del párroco. Ejemplo de ello es el acta de entierro de Isabel de Lugo y Sotomayor[39], fallecida en 1868 a la edad de 62 años, donde figura tras la mención del motivo de la muerte, una afección del corazón, la frase antes comentada. Curiosamente el único caso visto en que se produce una modificación de este texto, posiblemente por error, aparece en la partida de entierro de Juan Monteverde y Lugo[40], hijo de la mencionada, fallecido a los 18 años de una enfermedad común, cambiando dicha locución por la de: «le asistieron facultativos».

Causas de las muertes.

Partiendo de las fuentes analizadas podemos encontrar datos de interés sobre las causas del fallecimiento, al ser éste un factor importante a la hora de la conveniencia o no de la exhumación del cadáver sobre todo en aquellos casos en los que no hubiese pasado el tiempo estipulado por la ley.

Los expedientes eran clasificados por la gravedad del suceso del óbito, por esta razón y según avanza el siglo XIX figuran en los mismos, cosidos antes de la solicitud, el acta de entierro o de defunción del posible exhumado. Este hecho señala la importancia que tenía el garantizar que dicho documento quedaba inserto en el expediente, ya que la información que de él se sacase determinará la resolución final del mismo.

En cuanto a las causas del fallecimiento la más frecuente es la acaecida por la elevada edad del protagonista. Entre ellos está Juan Ramón Casal Suárez[41], muerto en 1865 a los 70 años; el teniente coronel Vicente Ortiz Blanco[42], a los 71; o María de los Dolores Santos Tejera[43], fallecida un año más tarde que los anteriores, a los 74, siendo todos enterrados en el cementerio de San Rafael y San Roque en Santa Cruz de Tenerife.

En otros casos se apunta que la muerte se produjo de forma repentina, sin el aporte de más datos. De esta manera, «de repente», parece haber fallecido en 1871 el licenciado Jacinto María Kábana[44], juez municipal de Los Llanos de Aridane en La Palma, según consta de forma literal en su partida de defunción; al igual que la muerte en 1874 de Esteban González Chávez y Pérez[45], enterrado a los 48 años en el cementerio del Realejo Alto.

No siempre vamos a poder localizar la causa del óbito siendo en ocasiones omitida, no sabemos si de forma premeditada o accidental, hablándose entonces sólo de «enfermedad común» o de «causas naturales». Ejemplo de la primera variante es el capitán Antonio Hernández Oramas[46], muerto en 1852 y asentado su entierro en el libro 7 de la parroquia de La Concepción del Realejo Bajo, donde consta que «no recibio el Santo Sacramento de la Comunión y si los demás por impedimento de su enfermedad».

Respecto a la segunda, las causas naturales, nos crean en ocasiones dudas. Es decir, podríamos entender como «causa natural» la muerte de Francisca de la Rosa Castañeda[47], en 1865 a sus 73 años, ya que con esos años y a mitad del siglo XIX la causa natural de su defunción era la avanzada edad que tenía. Sin embargo, ésta es más difícil de justificar en otras ocasiones; como la muerte de Matías Martín Arvelo[48], a los 40 años; o la de María América Martínez Bonet[49], fallecida con tan solo 10.

Son  muchos los expedientes en los que se detallan la causa de la muerte mencionando enfermedades concretas, como es el caso de Ana Dolores Benítez Cabrera[50], quien en 1865 y a la edad de 3 años fallece a consecuencia de un «ataque cerebral»; al igual que lo hará un año más tarde Juan Fuentes Méndez[51], a los 34. Junto a ellos, hay otros casos más delicados en los que figura el fallecimiento por dolencias de mayor gravedad y de enorme calado social. Dentro de esta categoría estaría la muerte de Josefa Casabuena y Bravo[52], fenecida en 1875 a los 46 años de un cáncer, siendo éste el único caso que no aporta la partida sacramental de su entierro sino un certificado firmado por el juez municipal Esteban Bethencourt y Pérez, encargado del Registro Civil del Puerto de la Cruz.

De las enfermedades causantes de los fallecimientos son mencionadas con mayor frecuencia aquellas de carácter infeccioso, siendo la más común la «tisis», de la que muere Estela Rodríguez Hernández[53] en 1865; o su variante, la «tisis laríngea» que ataca cuatro años más tarde a María del Carmen Acevedo Rodríguez[54]. Especialmente virulenta se presentaba la «fiebre tifoidea» de la que fallecen en 1865 con tan solo tres días de diferencia, los hermanos Ana[55] y Eraclio[56] Tabares Bartlett, a la edad de 10 y 16 años respetivamente.

Durante el proceso de lectura de las actas de entierro hemos localizado una amplia variedad de enfermedades que organizamos por períodos. De este modo para la décadas de los años cincuenta y sesenta del siglo XIX seleccionamos las que a continuación se mencionan. La «apoplejía» fue la causa de la muerte en 1857 de José María Gutiérrez Melián[57], vecino de La Orotava. Una «afección de pecho» provoca en 1864 el fallecimiento de Eusebio Perdigón Brito[58], párroco de La Peña de Francia en el Puerto de la Cruz. La «Viliora»[59] (sic) mata en 1866 a Francisca Gabriela Aguilar González de Chávez[60], una párvula de un año y un mes enterrada en el Puerto de la Cruz; el mismo año en que María Manuela González y Escobar[61] fallece de «anginas malignas» con tan solo 3 años. Una fiebre «ataxo-dinámica» provoca el fallecimiento en 1867 de Miguel Vilela Montesoro[62]; y una «pulmonía» la de Julio Guimerá Jorge[63]. En 1868 una «afección orgánica del corazón» causa la muerte de Isabel de Lugo y Sotomayor[64]; un «catarro pulmonar crónico» la de Alfredo Diston Orea[65], en el mismo año; y la de Teresa Calzadilla de Souza y Van de Hede[66], un año después. En 1869, la «disentería» mata a Catalina Ildefonso Quevedo Villanueva[67]; y una «parálisis nofágica» (sic) sería la causa del fallecimiento del capitán de infantería retirado Domingo Viejobueno López[68].

Llegada la década de los setenta encontramos la muerte por «ulceración de los pulmones» de Cristina de Ara y Calzadilla[69]; y de «meningitis cerebral» la de María del Pilar Padrón Cordero[70]. En 1871, Pablo Oramas Hernández[71] es enterrado a consecuencia de una «peritonitis aguda»; y un año más tarde de «perlesía crónica» muere el licenciado Juan Rodríguez Botas Da-Pelo[72], abogado de los Tribunales del Reino; y de una «afección del corazón» Juan Tabares de la Puerta[73]. En 1873 fallece de «pulmonía fulminante»[74], Victoriano Pestano y Torres; y nueve años después de «erisipela» el párroco de La Peña de Francia, Domingo Brito y Salazar[75], a la edad de 82 años.

De todas las partidas vistas encontramos sólo un caso cuyo fallecimiento se nombre como accidental. Nos referimos a Domingo Fernández Abad[76], muerto el 17 de octubre de 1861 a los 19 años en un accidente ocurrido, según se narra: «en Santa Cruz/ de resultas de haberse quemado la casa de Don/ Manuel Gonzales, por haberse incendiado una pipa de/ espíritu, de cuyo incendio murieron tres, uno de Sauzal/ y otro de Arafo»[77], siendo enterrado en el cementerio de Tacoronte.

Expedientes y genealogía.

De la centena de documentos estudiados, 63 expedientes aportan datos genealógicos directos gracias a la información contenida en sus partidas de entierro, en un marco cronológico que van de 1829 a 1885.

Pese a lo que se podría pensar, durante esos cincuenta y seis años existen variantes cronológicas entre el tiempo de la muerte y la realización de la solicitud de exhumación. Según la Ley se tenía que cumplir un tiempo mínimo antes de solicitar el traslado del cuerpo, por lo que las fechas rondan entre los dos y los cinco años entre el fallecimiento y la presentación del trámite. En los expedientes en que se solicita la permanencia del cadáver en el sepulcro, pasando este a ser propiedad familiar, encontramos trámites muy rápidos, algunos tan solo dos meses después de la muerte, como es el caso de Luis Román Herrera, quien pide en 1829 tener sepulcro en propiedad donde está enterrada su esposa Elena Lugo y Sotomayor[78].

Proyecto de Torcuato Benjumeda (1757-1836)
para el cementerio de Cádiz realizado entre 1815 y 1819.
Sin embargo, existen solicitudes que se realizan muchos años después de la inhumación, como es el caso de Jerónimo Hermes[79] quien, debido a su traslado a la Península, pide la exhumación de los restos de su hija María de los Dolores Hermes Lapuente, once años después de su entierro, para ser conducidos al cementerio de la ciudad de Cádiz donde tenía decidido trasladar su residencia desde 1873.


En la mayor parte de los casos las solicitudes las tramitan los familiares directos del difunto salvo cuando es un encargo realizado en su nombre. Como ejemplo, Patricio L. de la Guardia quien actúa en 1866 como albacea de Francisca de Rosa y Castañeda de Ortiz, fallecida en 1863 en Santa Cruz de Tenerife. Según su disposición testamentaria[80], firmada dos años antes de morir, deseaba la exhumación de su cadáver junto con el de su marido Vicente Ortiz, para ser llevados a un sepulcro propio en el cementerio de su vecindad[81]. Similar a éste es el caso de Tomás Fidel Cólogan y Bobadilla de Eslava, marqués de la Candia, quien actuará en 1869 como albacea testamentario de Manuel I. Esquivel Pérez, párroco de la iglesia de La Peña de Francia en el Puerto de la Cruz, lugar donde murió y en cuyo cementerio municipal fue enterrado en 1862, deseando el traslado de su cuerpo al cementerio de La Orotava.

Dentro del capítulo de curiosidades, mostramos dos ejemplos. Por un lado, la solicitud que realiza Patricio Madan y Cambreleng para la exhumación del cadáver de su esposa María del Pilar Guezala y Barnier, que fue rechazada en primera instancia siendo admitida en la segunda[82]. Por otro, las dos solicitudes[83] resueltas satisfactoriamente a favor de Cándida Alonso, quien solicitaba que su esposo Juan Ramón Casal Suárez fuese enterrado en un sepulcro de su propiedad. La primera es presentada el 7 de agosto de 1867 y se la da el visto bueno el 4 de septiembre de ese año, es decir un mes más tarde. La segunda, la vuelve a presentar tres años después, el 28 de julio de 1870, siendo resuelta inmediatamente, el 6 de agosto, sin saber a fecha de hoy porque razón repite la solicitud.

Todas las peticiones fueron aprobadas salvo aquellas cuyos expedientes quedaron incompletos, por lo que en seis de los casos no conocemos si obtuvieron el visto bueno a la solicitud presentada. Destacamos entre otros[84], el trámite realizado en 1837 por José Cullen Churchill y María Cullen, su esposa, quienes piden tener sepulcro en propiedad para ellos y su familia con derecho a la colocación de una lapida[85]. Curiosa es también la solicitud presentada en 1864 por Domingo Brito y Salazar, ecónomo de La Peña de Francia en el Puerto de la Cruz, para la exhumación del cuerpo y trasladado al cementerio de La Orotava del cadáver de su sobrino Eusebio Perdigón Brito[86], quien ostentó ese mismo cargo en dicha Parroquia. Tampoco conocemos la resolución a la petición de José de la Encarnación García, quien en 1867 y en representación de su hija, de la que no sabemos su nombre al figurar sólo como «la viuda de Pablo Lodero», pide el traslado a un sepulcro de su propiedad de los restos de su yerno[87]. En ninguno de estos casos podemos saber por la documentación consultada el resultado final del trámite.

También hemos encontrado en los expedientes testimonios concretos que nos permiten iniciar el desarrollo de una genealogía. Su lectura nos da a conocer los familiares directos, generalmente hasta primer o segundo grado, fácilmente corroborados por los datos que aportan las partidas de entierro. De éstos ponemos algunos ejemplos de solicitudes realizadas en 1871. Por un lado, la petición de Ana Bartlett de Tabares, vecina de Santa Cruz, del traslado de los cadáveres de sus hijos Ana y Eraclio a un mismo sepulcro familiar[88]. Por otro, Juan Monteverde y Bethencourt quien pide la exhumación y traslado del cadáver de su esposa Isabel de Lugo y Sotomayor y su hijo Juan[89]; o Antonio María Casañas, vecino de La Orotava, quien desea la exhumación y traslado del cadáver de su padre Francisco Casañas; su yerno Fernando Fuentes y Acosta, y el hermano de éste Cayetano, enterrados en el cementerio de La Orotava[90].

En la mayoría de los casos se dedican unas líneas a la explicación de la rama de ascendencia o descendencia genealogía como parte del argumentario que justifica la solicitud, sobre todo cuando son varios los restos de una misma familia los que se desean exhumar para recolocarlos en un nuevo sepulcro. De este modo, se nos permite realizar un boceto de los miembros presentados y su vinculación familiar, como ocurre en la solicitud presentada por Luisa Pérez Fernández en 1845 para tener sepulcro en el cementerio de La Orotava, donde depositar los restos de su madre María Marta Fernández. En dicha petición aporta los nombres de sus hermanos; Benito Pérez; y Francisca Raviesa; así como el nombre de su padre el capitán José Pérez Chávez, deduciendo tras la lectura del expediente[91] que algunos de los mencionados pueden estar enterrados en dicho sepulcro al tener concedido ese derecho.

Lo mismo ocurre en 1872 con Víctor M. Lorenzo y Lorenzo, cura de la iglesia de Los Remedios de Los Llanos de Aridane, quien solicita hacer un panteón en el sepulcro donde está enterrado su hermano Juan, quien muere soltero, depositar también los suyos, los de sus padres Pablo Lorenzo Havana y María Lorenzo Pino, así como sus hermanos Jorge y Eustaquio, añadiendo sus respectivas descendencias[92]. De este modo el panteón quedaría vinculado al patrimonio familiar pudiendo cualquiera de sus consanguíneos ser enterrado allí.

CONCLUSIÓN.

Con todo lo visto, verificamos como una documentación creada para gestionar un trámite administrativo, más o menos sencillo, nos permite acceder a datos personales sobre el futurible exhumado y su familia. Las declaraciones de los párrocos y la resolución del Fiscal Eclesiástico inclinarán la balanza a favor o en contra de dar el visto bueno, teniendo que ser corroborado por un mandato final firmado por el Obispo o el Gobernador Eclesiástico[93]. Uno por uno aportarán datos sobre el finado permitiéndonos conocer, no sólo el lugar de enterramiento y si ésta ubicación es temporal o definitiva, sino también la propiedad del solar donde están sus restos y los intereses que tienen sobre el mismo los familiares. Por medio de la documentación complementaria; es decir, la partida de entierro, de defunción, o el certificado médico, se nos informa sobre la causa real de la muerte y si estuvo rodeada de alguna circunstancia especial o de una enfermedad hasta el momento oculta que tiene que ser desvelada antes de autorizar el traslado.


ANEXO.
   Adjuntamos el inventario de los expedientes de exhumación y traslación de cadáveres localizados y que son la base de este trabajo de investigación.

  1. 1829, [Sm, Sd]; La Orotava (Tenerife) - 1829, junio, 23; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Luis Román y Herrera, vecino de La Orotava, solicitando tener sepulcro en propiedad en el cementerio de dicho lugar, donde están enterrados los restos de su esposa Dª. Elena Lugo y Sotomayor, para ser usado por él y su familia. (Expediente cosido formado por portadilla y 6 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 1)
  2. 1837, febrero, 16; Puerto de la Cruz (Tenerife) - 1837, marzo, [2]; La Orotava (Tenerife) Expediente a instancia de D. José Cullen Churchill, vecino del Puerto de la Cruz, y su mujer Dª. María Cullen, solicitando la construcción de un sepulcro en propiedad en el cementerio de dicho lugar para ellos y sus familiares; así como la colocación de una losa en el mismo. (Expediente cosido formado por portada y 3 folios sin numerar) [Expediente incompleto] (lg. 1923, doc. 2)
  3. 1845, mayo, 5; La Orotava (Tenerife) - 1845, junio, 14; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Luisa Pérez Fernández, vecina de La Orotava, solicitando tener sepulcro en propiedad en el cementerio de su vecindad donde poder depositar los restos de su madre Dª. María Marta Fernández; así como la colocación de una losa en el mismo. (Expediente cosido formado por portada y 11 folios, numerados hasta el 10) (lg. 1923, doc. 3)
  4. 1859, enero, 27; San Cristóbal de La Laguna (Tejina) (Tenerife) - 1859, marzo, 4; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Julián González, vecino de Tejina, solicitando la colocación de una lápida traída desde América en el sepulcro de su madre enterrada en el cementerio de dicho lugar. (Expediente formado por 1 pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 4)
  5. 1859, octubre, 29; Los Realejos (Realejo Bajo) (Tenerife) - 1859, noviembre, 23; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Jesús María Delgado y Bermúdez, vecino de San Juan de la Rambla, marido en segundas nupcias de Dª. María del Rosario Oramas, solicitando la exhumación de los restos mortales del capitán D. Antonio Hernández Oramas; y José Hernández (primer marido: e hijo, respectivamente, de Dª. María), enterrados en el cementerio del Realejo Bajo, para su traslado al de San Juan de la Rambla. (Expediente cosido formado por portadilla y 6 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 5)
  6. 1862, septiembre, 20; Puerto de la Cruz (Tenerife) - 1862, octubre, 16; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Rosalía de Franchi, marquesa de la Candia, vecina de La Orotava, solicitando la exhumación del cadáver de su esposo D. Juan Máximo de Franchi y su traslado al panteón familiar del cementerio de dicho lugar. (Expediente cosido formado por 9 folios numerados) (lg. 1923, doc. 6)
  7. 1862, diciembre, 19; Tacoronte (Tenerife) - 1862, diciembre, 30; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. José M. Silindo Ballester, residente en Tacoronte, solicitando la construcción de un sepulcro en el cementerio del Puerto de la Cruz para trasladar el cadáver de su hija Fernanda Silindo, enterrada en el mismo cementerio. (Expediente formado por un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 7)
  8. 1864, diciembre, 9; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1864, agosto, 31; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de D. José Gutiérrez Vinatea, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hijo José Gutiérrez, enterrado en el cementerio en La Orotava y su traslado al sepulcro familiar construido en el cementerio de Santa Cruz. (Expediente cosido formado por portada y 5 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 8)
  9. 1865, enero, 27; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1865, febrero, 3; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Carlos Vega y Díaz, natural y vecino de La Laguna, solicitando la exhumación del cadáver de su madre Ángela Díaz, enterrada en el cementerio de dicha ciudad y su traslado al sepulcro familiar construido en el mismo cementerio. (Expediente formado por un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 9)
  10. 1865, julio, 11; Los Realejos (Realejo Alto) (Tenerife) Instancia de D. Eliseo González Espínola, vecino del Realejo Alto, solicitando tener sepulcro familiar en el cementerio de dicho lugar; así como la colocación de una losa en el mismo. (Un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 10)
  11. 1865, septiembre, 20; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1865, septiembre, 3; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Patricio Madan [y Cambreleng], vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su esposa Dª. Pilar Guezala y Barnier, enterrada en el cementerio de La Laguna y su traslado a un sepulcro familiar en el cementerio de Santa Cruz. (Expediente cosido formado por 7 folios sin numerar y un pliego suelto sin numerar) (lg. 1923, doc. 11)
  12. 1865, octubre, 14; La Orotava (Tenerife) - 1865, septiembre, 21; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Eliseo González Espínola, vecino de Los Realejos (Realejo Alto), en representación de su tío y suegro D. Sixto González Regalado, vecino de La Orotava, solicitando poner inscripción en la losa de su esposa Dª. Ana Regalado y Meléndez, enterrada en el cementerio de dicho lugar. (Expediente formado por un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 12)
  13. 1866, junio, 6; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1866, agosto, 2; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Patricio L. de la Guardia, albacea testamentario de Dª. Francisca de Rosa y Castañeda de Ortiz, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación y traslado de su cadáver y el de su marido D. Vicente Ortiz, enterrados en el cementerio de dicho lugar, para ser depositados juntos en un sepulcro en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 9 folios, numerados hasta el 8) (lg. 1923, doc. 13)
  14. 1866, julio, 23; Los Realejos (Realejo Alto) (Tenerife) - 1866, agosto, 3; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Esteban Ascanio, vecino del Realejo Alto, solicitando tener sepulcro en propiedad en el solar donde esta enterrada su esposa Dª. Justa González Febles, sita en el cementerio de dicho lugar. (Expediente formado por un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 14)
  15. 1866, enero, 11; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1867, enero, 3; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de D. Juan Mena, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación y traslado del cadáver de su padre D. Juan de Mena, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado al panteón [sepulcro] que tiene construido en el mismo. (Expediente cosido formado por 3 folios cosidos y un pliego suelto, todos sin numerar) (lg. 1923, doc. 15)
  16. 1867, enero, 15; Puerto de la Cruz (Tenerife) - 1867, marzo, 7; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Domingo Brito y Salazar, beneficiado ecónomo de la iglesia parroquial de Ntra. Sra. de la Peña de Francia del Puerto de la Cruz, solicitando la exhumación del cadáver de su sobrino D. Eusebio Perdigón, enterrado en el cementerio de La Laguna y su traslado al cementerio de La Orotava. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) [Expediente incompleto] (lg. 1923, doc. 16)
  17. 1867, abril, 28; Los Realejos (Realejo Bajo) (Tenerife) - 1868, enero, 28; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Domingo Rodríguez de la Sierra, vecino del Realejo Bajo, solicitando al Gobernador Eclesiástico construir un sepulcro bóveda en la iglesia de San Vicente de dicho lugar, para enterrar a su mujer Dª. María de las Nieves Rodríguez de la Sierra y a su hija Dª. María Rodríguez de la Sierra. (Expediente cosido formado por 10 folios numerados) (lg. 1923, doc. 17)
  18. 1867, marzo, 7; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1868, mayo, 29; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. José Benítez y Morales, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando al Gobernador Eclesiástico la exhumación del cadáver de su hija Ana Dolores, enterrada en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 18)
  19. 1867, marzo; 15; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1867, marzo, 28; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Juana Romay de Stanislao, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hermana Dª. María Ignacia Romay de Stanislao, enterrada en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente formado por un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 19)
  20. 1867, agosto, 7; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1867, septiembre, 3; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Candida Alonso, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su marido D. Juan Ramón Casal, enterrado en el cementerio dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 20)
  21. 1867, noviembre, 25; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1868, agosto, 17; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. José de la Encarnación García, vecino de Santa Cruz de Tenerife, en representación de su hija [no consta nombre], solicitando la exhumación del cadáver de su yerno D. Pablo Loredo, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 6 folios sin numerar) [Expediente incompleto] (lg. 1923, doc. 21)
  22. 1868, marzo, 19; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1868, abril, 27; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Diego de Cubas Fernández, vecino de Santa Cruz de Tenerife, en nombre de su tío D. Antonio Fernández de Mendoza, vecino de La Gomera, solicitando la exhumación de los cadáveres de su hijo legítimo D. Agustín Fernández, y su hijo político, D. Juan de Castro, enterrados en el cementerio de Santa Cruz, para ser colocados juntos en un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 22)
  23. 1868, abril, 18; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1868, abril, 29; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Bernardo Buitrago y Espinosa, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su padre D. Carlos Buitrago, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro familiar en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 23)
  24. 1869, abril, 23; La Orotava (Tenerife) - 1869, mayo, 14; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Tomas Fidel Cologan y Bobadilla de Eslava, marqués de la Candia, vecino de La Orotava, como albacea testamentario del párroco D. Manuel Ildefonso Esquivel, solicitando la exhumación de su cadáver, enterrado en el cementerio del Puerto de la Cruz y su traslado a un panteón en el cementerio de La Orotava. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 24)
  25. 1869, agosto, 29; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1869, agosto, 31; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. María del Carmen de Castro y Calzadilla, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su esposo [no consta nombre], enterrado en el cementerio de Tacoronte y su traslado al sepulcro familiar del cementerio de Santa Cruz. (Expediente formado por un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 25)
  26. 1869, octubre, 27; Puerto de la Cruz (Tenerife) - 1869, noviembre, 3; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Tomás González de Torres, vecino del Puerto de la Cruz, solicitando la exhumación de los cadáveres de su hijo D. Francisco González de Torres; y el de su nieta María Manuela González de Torres y Escobar; enterrados en el cementerio del dicho lugar y su traslado a un sepulcro familiar en el cementerio de Santa Cruz de Tenerife. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) [Expediente incompleto] (lg. 1923, doc. 26)
  27. 1870, abril, 4; Los Realejos (Realejo Alto) (Tenerife) - 1870, julio, 1; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Marcos Palenzuela y Miranda, residente en el Realejo Alto, para colocar una losa en la sepultura de su hijo D. Domingo Palenzuela y Barroso, enterrado en el cementerio de dicho lugar. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 27)
  28. 1870, julio, 12; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1870, julio, 23; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Juan H. Edwards, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su cuñado D. Alfredo Diston y Orea, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro familiar en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 28)
  29. 1870, julio, 28; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1870, agosto, 6; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Candida Afonso, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su esposo D. Juan Ramón Casas, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 29)
  30. 1870, agosto, 27; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1870, agosto, 31; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Ángel Rodríguez García, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hija Estela Rodríguez Hernández, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro familiar en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 30)
  31. 1870; septiembre, 26; Puerto de la Cruz (Tenerife) - 1870, septiembre, 27; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Pablo González de Chávez, vecino del Puerto de la Cruz, solicitando la exhumación de los cadáveres de su hija Dª. Francisca Gabriela Aguilar González de Chávez; y su nieta María de la Paz González de Chávez López de Aguilar, enterradas en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro familiar en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 31)
  32. 1871, agosto, 30; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1870, septiembre, 11; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Segundo Calzadilla y Calzadilla, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su madre Dª. Teresa Calzadilla y Van de Hede, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro particular [panteón] en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 32)
  33. 1871, septiembre, 5; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1871, septiembre, 13; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. José Fuentes, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hijo D. Juan Fuentes, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 33)
  34. 1871, octubre, 28; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Instancia de Dª. Carmen Espinosa de Clavijo, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando al Gobernador Eclesiástico la exhumación del cadáver de hijo D. Francisco Afonso y Espinosa, enterrado en una «fosa común» en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 34)
  35. 1871, octubre, 27; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1871, octubre, 30; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Antonio Roquero y Santos, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su madre Dª. María de los Dolores Santos, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 35)
  36. 1871, octubre, 27; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1872, septiembre, 6; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Ana Bartlett de Tabares, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación de los cadáveres de sus hijos, Eraclio Tabares Bartlett; y Ana Tabares Bartlett; enterrados en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 5 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 36)
  37. 1871, noviembre, 24; La Orotava (Tenerife) - 1871, noviembre, 29; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Juan Monteverde y Bethencourt, vecino de La Orotava, solicitando la exhumación de los cadáveres de su esposa Dª. Isabel de Lugo y Sotomayor; y Juan Monteverde y Lugo, su hijo, enterrados en el cementerio de dicho lugar y su traslado para ser depositados juntos en un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 37)
  38. 1871, noviembre, 27; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1871, diciembre, 9; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. José Calzadilla y Quevedo, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su madre Dª. Catalina Ildefonsa Quevedo Villanueva, enterrada en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 38)
  39. 1871, noviembre, 18; La Orotava (Tenerife) - 1871, diciembre, 9; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Antonio M. Casañas, vecino de La Orotava, solicitando la exhumación de los cadáveres de su padre D. Francisco Casañas; de su suegro D. Fernando Fuentes y Acosta; y del hermano de éste D. Cayetano Fuentes y Acosta, enterrados en el cementerio de La Orotava y su traslado para ser depositados juntos en un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 39)
  40. 1872, marzo, 25; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1872, abril, 8; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Fernando Viejobueno y López, natural de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hermano el capitán de infantería D. Domingo Viejobueno y López, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 40)
  41. 1871, octubre, 27; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1871, octubre, 30; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Antonio Roquero y Santos, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hijo Ulpiano Roquero Cabrera, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 41)
  42. 1872, junio, 16; Los Llanos [de Aridane] (La Palma) - 1872, noviembre, 14; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Víctor M. Lorenzo y Lorenzo, cura de la iglesia de Ntra. Sra. de los Remedios de Los Llanos de Aridane, solicitando hacer un sepulcro bóveda [panteón] en el cementerio de dicho lugar donde está enterrado su hermano D. Juan Lorenzo y Lorenzo y depositar también los suyos, los de sus padres y demás hermanos. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 42)
  43. 1872, junio, 30; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1872, julio, 3; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Isidro Quimerá, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su sobrino Julio Quimerá Jorge, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 43)
  44. 1872, julio, 15; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1872, julio, 24; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Narcisa Calzadilla y Benítez de Ara, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hija Dª. Cristina de Ara Calzadilla, enterrada en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 44)
  45. 1872, septiembre, 10; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1872, septiembre, 23; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Fernando Padrón y Calleros, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hija María del Pilar Padrón Cordero, enterrada en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 45)
  46. 1872, noviembre, 26; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1872, diciembre, 30; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Carolina Montesoro y Luis, vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hijo Manuel Vilela Montesoro, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 46)
  47. 1872, diciembre, 12; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1873, enero, 8; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Juan Acevedo, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hija Dª. María del Carmen Acevedo Rodríguez, enterrada en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 5 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 47)
  48. 1873, enero, 18; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1873, enero, 18; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Jerónimo Hermes, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hija María de los Dolores Hermes Lapuente, enterrada en el cementerio de dicho lugar y su traslado al cementerio de Cádiz. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 48)
  49. 1873, octubre, 11; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1873, octubre, 18; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Claudio J. Sarmiento, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su abuela política Dª. Anastasia de Córdoba, enterrada en el cementerio de La Laguna y su traslado al sepulcro familiar en el cementerio de Santa Cruz. (Expediente formado por un pliego sin numerar) (lg. 1923, doc. 49)
  50. 1874, diciembre, 26; Santa Cruz de La Palma (La Palma) - 1875, junio, 10; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. José María Kábana Wangüemert, natural de Los Llanos de Aridane, solicitando la construcción de su sepulcro en el cementerio de dicho lugar para la exhumación y traslado del cadáver de su hermano D. Jacinto María Kábana, enterrado en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 50)
  51. 1835, noviembre, 5; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1875, noviembre, 6; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Ricardo Ruiz, vecino del Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de D. Raimundo Hernández Benítez de Lugo, enterrado en el cementerio de La Orotava y su traslado a un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 51)
  52. 1876, marzo, 20; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1875, noviembre, 6; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Rafael Tabares y Nava, vecino de La Laguna, solicitando la exhumación del cadáver de su padre D. Juan Tabares de la Puerta, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro particular en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 52)
  53. 1876; mayo, 10; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1873, octubre, 18; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Francisca González Hernández, natural de Guía [de Isora] y vecina de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su esposo D. Pablo Oramas, enterrado en el cementerio de su vecindad, y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el cementerio de San Juan de la Rambla. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 53)
  54. 1876, octubre, 27 San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1876, octubre, 28; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Águeda Guzmán de Pestano, vecina de La Laguna, solicitando la exhumación del cadáver de su esposo D. Victoriano Pestano y Torres, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 54)
  55. 1877, diciembre, 22; Los Realejos (Realejo Alto) (Tenerife) - 1877, abril, 25; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Andrea Pérez de González, vecina del Realejo Alto, solicitando la exhumación del cadáver de su esposo D. Esteban González Chávez y Pérez, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro particular en el mismo cementerio; así como la colocación de una lápida e inscripción en ella. [Aporta texto] (Expediente cosido formado por portada y 3 folios cosidos y un pliego suelto, todos sin numerar) (lg. 1923, doc. 55)
  56. 1878, octubre, 29; Tacoronte (Tenerife) - 1878, noviembre, 28; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Ángela Morales Hernández, natural y vecina de Tacoronte, solicitando la exhumación de los restos de su esposo D. Nicolás Hernández García, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro particular en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 56)
  57. 1880, abril, 24; Puerto de la Cruz (Tenerife) - 1880, mayo, 18; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. José Matías Brier y Salazar, natural y vecino de Garachico, solicitando la exhumación del cadáver de Dª. Josefa Casabuena y Bravo, enterrada en el cementerio del Puerto de la Cruz y su traslado a la capilla de San Conrado del cementerio de Garachico. (Expediente nº 7) (Expediente cosido formado por portadilla y 6 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 57)
  58. 1880, octubre, 24; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1880, octubre, 28; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Amaro Francisco González de Mesa y González, solicitando la exhumación del cadáver de su padre D. Amaro González de Mesa y Laserrada, enterrado en el cementerio de La Laguna y su traslado al sepulcro familiar en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 58)
  59. 1882, enero, 14; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1882, enero, 25; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Juan López Armas, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación el cadáver de D. Matías Martín Albelo, enterrado en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro familiar en el mismo cementerio. (Expediente cosido formado por 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 59)
  60. 1882, marzo, 15; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) - 1882, marzo, 22; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Micaela Verdugo, vecina de La Laguna, solicitando la exhumación del cadáver de D. José Rodríguez Botas y Dapelo, enterrado en el cementerio de dicha ciudad y su traslado a un sepulcro familiar en el cementerio de Santa Cruz de Tenerife. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 60)
  61. 1882, octubre, 28 Tacoronte (Tenerife) - 1882, octubre, 30; [San Cristóbal de La Laguna] (Tenerife) Expediente a instancia de D. Juana Hernández Abad, natural y vecina de Tacoronte, solicitando la exhumación de los cadáveres de su marido D. Pedro Fernández del Castillo; y de su hijo Domingo Fernández, enterrados en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro familiar construido en dicho cementerio. (Expediente cosido formado por portadilla y 4 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 61)
  62. 1883, enero, 13; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) - 1883, enero, 20; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Antonio Martínez García, vecino de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la exhumación del cadáver de su hija María América Martínez Bonet, enterrada junto a su abuelo en un panteón en el cementerio de dicho lugar y su traslado a un sepulcro de su propiedad. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 62)
  63. 1885, marzo, 14; La Orotava (Tenerife) - 1885, abril, 17; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Domingo Perdigón y Brito, natural y vecino de La Orotava, solicitando la exhumación del cadáver del presbítero D. Domingo Brito y Salazar, párroco de la iglesia parroquial de Ntra. Sra. de la Peña de Francia, enterrado en el cementerio del Puerto de la Cruz y su traslado al panteón que se le ha construido en el de La Orotava. (Expediente cosido formado por 3 folios sin numerar) (lg. 1923, doc. 63)

FUENTES DOCUMENTALES.
-          Reglamento para el régimen y administración del cementerio municipal de la ciudad de San Cristóbal de La Laguna, formado por el Muy Ilustre Ayuntamiento de la misma con acuerdo del Señor Gobernador Eclesiástico de esta diócesis de Tenerife; en Expediente sobre reglamento que debe regir en el cementerio de esta ciudad. San Cristóbal de La Laguna, 1861 (AHDSCLL, FHD, lg. 1922, doc. 24, exp. nº 21, f.[12])

FUENTES BIBLIOGRÁFICAS.
-          CÁMARA Y MURGA, Cristóbal. Constituciones Sinodales de la Gran Canaria y su Santa Iglesia con su Primera fundación y traslación, vidas sumarias de sus Obispos, y breve relación de todas las siete islas. Compuestas y ordenadas por el Doctor don Christoval de la Cámara y Murga, Magistral de tres Iglesias, Badajoz, Murcia y la Santa de Toledo, Primada de las Españas, y Obispo del dicho Obispado. Dirigidas a la Católica Magestad del Rey don Felipe IIII nuestro Señor, Monarca y Emperador de las Españas. Madrid: Impreso por la viuda de Juan González, 1634.
-          CARLOS IV. Novísima recopilación de las leyes de España. Dividida en XII libros. En el que se reforma la Recopilación publicada por el Señor Don Felipe II, en el año de 1567, reimpresa últimamente en el de 1775. Y se incorporan las pragmáticas, cedulas, decretos, ordenes y resoluciones Reales, y otras providencias no recopiladas, y expedidas hasta el de 1804, Mandada a formar por el Señor Carlos IV. Madrid: Imprenta de Sancha, 1805 [en línea]. Disponible en: https://books.google.es/books?id=WnpPAQAAMAAJ&printsec=frontcover&dq=-%09Novísima+recopilación [Fecha de consulta: 23 de febrero de 2017].
-          FERNÁNDEZ HIDALGO, María del Carmen; y GARCÍA RUIPÉREZ, Mariano. «Los cementerios. Competencias municipales y producción documental». Boletín de la ANABAD, tomo 44, nº 3, 1994, pp. 55-85.
-          MILANESI, M. «Tra la vita e la morte. Religione, cultura popolare e medicina nella seconda meta del 1700». Quademi storici, n° 50, 1982, pp. 615-620.
-          MORENO, Natividad. Colección de Reales Cédulas del Archivo Histórico Nacional, II. Madrid: Servicio de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, n°s 4.122 y 4.145, 1974.
-          SANTONJA, José Luis: «La construcción de cementerios extramuros: Un aspecto de la lucha contra la mortalidad en el Antiguo Régimen». Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, nº 17, (1998-99), pp. 33-34.



[1] Se trata de un extracto de la conferencia del mismo título impartida en la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife de San Cristóbal de La Laguna el 17 de mayo de 2016.
[2] Encontramos las que a continuación se detallan, todas de la isla de Tenerife: José Cullen Churchill y su mujer María Cullen solicitan en 1837 la construcción de un sepulcro en propiedad en el cementerio del Puerto de la Cruz y la colocación de una losa en el mismo (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 2); Luisa Pérez Fernández, vecina de La Orotava, pide en 1845 tener sepulcro particular en el cementerio de dicho lugar donde depositar los restos de su madre, así como la colocación de una losa (lg. 1923, doc. 3); Julián González, en 1859, desea colocar una lápida traída de América en el sepulcro de su madre enterrada en el cementerio de Tejina (lg. 1923, doc. 4); En julio de 1865, Eliseo González Espínola, vecino del Realejo Alto, pretende tener sepulcro familiar en el cementerio de dicho lugar, así como la colocación de una losa (lg. 1923, doc. 10) Tres meses después realizará otra solicitud, esta vez en representación de su tío y suegro Sixto González Regalado, para poner inscripción en la losa sepulcral de Ana Regalado y Meléndez, esposa de este último, enterrada en el cementerio de La Orotava (lg. 1923, doc. 12); Marcos Palenzuela y Miranda, residente en el Realejo Alto, solicita en 1870 colocar una losa en la sepultura de su hijo Domingo Palenzuela y Barroso, enterrado en el cementerio de dicho lugar (lg. 1923, doc. 27); y Andrea Pérez de González, de la misma vecindad que el anterior, pedirá en 1877 la exhumación y traslado del cadáver de su esposo a un sepulcro particular en el cementerio de dicho lugar, poniendo sobre él una lápida con inscripción (lg. 1923, doc. 55)
[3] Transcripción de la lápida sepulcral de Imeldo Serís y Granier y Blanco (cuya imagen reproducimos al margen del texto): «EL EXMO. SOR. D. IMELDO/ SERIS Y GRANIER/ Y BLANCO/ MARQUÉS DE VILLASEGURA/ PARA DESCANSO DE SUS CENIZAS/ LAS DE SUS PADRES/ Y HERMANOS/ FALLECIÓ EN MADRID EN 18/ DE NOVIEMBRE DE 1804/ SIENDO DIPUTADO A CORTES/ POR ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN DE/ TENERIFE. GOMERA/ Y HIERRO.»
[4] «CONSTITUCION XXII. De las sepulturas». Cap. 1. «Quien da las sepulturas de las Iglesias, y del modo con que se van de conservar, y otras cosas». En: CÁMARA Y MURGA, C. (1634), f. 188.
[5] En adelante R.C.
[6] En adelante R.O.
[7] Por Decreto de 3 de febrero de 1823 se obliga a remitir al Jefe Político noticia de la clase de enfermedades de los fallecidos extendida por un facultativo (art. 8); la R.O. de 19 de marzo de 1848 manda que los cadáveres sólo pudieran ser trasladados a cementerios o panteones particulares una vez transcurridos al menos dos años desde la inhumación, con permiso de la autoridad eclesiástica y las certificaciones de dos facultativos, señalando que el traslado del cadáver no perjudicaba la salud pública. Así se establecía para aquellos fallecidos que llevaran enterrados entre dos y cinco años, siguiendo los requisitos que el Jefe Político estimara oportunos para los que sobrepasaran esta última fecha. El Código Penal (en adelante C.P.) de 1850 castiga con pena de prisión al que exhumare, mutilare o profanare cadáveres humanos (art. 138); La R.O. de 30 de enero de 1851, prohíbe las mondas o limpias generales de los cementerios; y la exhumación y traslado de un cadáver de un lugar a otro dentro del mismo cementerio sin que hubieran transcurrido cinco años desde la inhumación. Las mondas serían parciales, limitadas a los cadáveres que llevaran enterrados cinco años; y el traslado de huesos secos al osario podría realizarse en cualquier tiempo y sin intervención de facultativos. El C.P. de 1870 consideraba como delito la violación del sepulcro o sepulturas (art. 350); las inhumaciones (art. 349); la traslación de restos humanos (art. 355); así como las infracciones en la traslación de cadáveres y profanación de cementerios (art. 596, nº 5 y 6); y la R.O. de 19 de mayo de 1882 recordaba que seguía en vigor en cuanto a las exhumaciones, traslado de cadáveres y mondas en los cementerios, todo lo preceptuado en la R.O. de 19 de marzo de 1848 y de 30 de enero de 1851.
[8] La R.O. de 19 de abril de 1859 consiente a los particulares levantar panteones en los cementerios obligándoles a que sometieran a la aprobación de la autoridad eclesiástica los planos de obras, con la seguridad de que ésta no permitiría los adornos contrarios a las creencias y al culto católico.
[9] La R.O. de 27 de marzo de 1845 regula el modo de hacer las exhumaciones y los traslados de cadáveres cuya solicitud debía dirigirse al Jefe Político de la provincia donde se hallasen sepultados. El cadáver debería estar embalsamado o haber transcurrido tres años desde la inhumación. Las solicitudes para trasladar cadáveres al extranjero serían resueltas por la Reina. La R.O. de 19 de marzo de 1848; y la de 19 de julio de 1857 aprobaron dirigir a S. M. las solicitudes de traslado de una provincia a otra, reservándose a los gobernadores la facultad de acordar los mismos dentro de su respectiva provincia. La R.O. de 1 de agosto de 1885 establece la normativa para trasladar a los cementerios a los fallecidos como consecuencia de la epidemia de cólera. La Circular de 11 de noviembre de 1886 regla el traslado de cadáveres entre provincias, ultramar o al extranjero, por conducto de los Gobernadores de Provincia. La R.O. de 18 de julio de 1887 prohíbe realizar inhumaciones fuera de los cementerios. La R.O. de 5 de abril de 1889 estableció que la autorización para trasladar los cadáveres de una provincia a otra correspondía al Gobernador Provincial de donde hubiera ocurrido el fallecimiento o estuviera enterrado el muerto. El Ministerio se reservaba la concesión de autorizaciones para el traslado a ultramar o al extranjero.
[10] «CONSTITUCION XXII. De las sepulturas», Cap. 1 «Quien da las sepulturas de las Iglesias, y del modo con que se van de conservar, y otras cosas». En: CAMARA Y MURGA, C. (1634), f. 188v.
[11] «CONSTITUCION XXII. De las sepulturas», Cap. 3. «Que ninguno persuada al enfermo a escoger sepultura». En: CAMARA Y MURGA, C. (1634), f. 191v.
[12] «CONSTITUCION XXII. De las sepulturas», Cap. último. «Que declara los derechos de los oficios de los difuntos, Num. 1. Modo de hazer el entierro». En: CAMARA Y MURGA, C. (1634), f. 194.
[13] «CONSTITUCION XXII. De las sepulturas», Cap. 4. «Donde se ha de enterrar el que muriendo no lo declara». En: CAMARA Y MURGA, C. (1634), f. 193.
[14] «Capítulo 2: sobre que los cadáveres se sepulten con la profundidad competente, sin exponerlos en parages públicos (n.3. t.3. l.2)». En: CARLOS IV (1805), pp. 116-117.
[15] Uno de los peligros que se señala es la rapidez con que se realizaba el entierro. La urgencia en los mismos traía consigo dos efectos negativos; por un lado, no poder remediar los males que causa el aire infestado de las iglesias; y por otro, la imposibilidad de controlar el correcto decoro durante la inhumación.
[16] FERNÁNDEZ HIDALGO, M. C.; y GARCÍA RUIPÉREZ, M. (1994), p. 56.
[17] Referente a la R.O. de 30 de enero de 1851. En: FERNÁNDEZ HIDALGO; y GARCÍA RUIPÉREZ (1994), p. 60.
[18] 1865, febrero, 3; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Informe de Domingo Cabrera y Abad, beneficiado de Ntra. Sra. de la Concepción de La Laguna; en Expediente a instancia de D. Carlos Vega y Díaz… (San Cristóbal de La Laguna, 1865), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 9, ff. 1v.-2.
[19] 1867, febrero, 7; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Informe de Domingo Cabrera y Abad, párroco de Ntra. Sra. de la Concepción de La Laguna; en Expediente a instancia de D. Domingo Brito y Salazar… (Puerto de la Cruz, 1867), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 16, ff. 2v.-3.
[20] 1867, febrero, 22; La Orotava (Tenerife) Informe de José Borges Acosta, párroco de Ntra. Sra. de la Concepción de La Orotava; en Expediente a instancia de D. Domingo Brito y Salazar… (Puerto de la Cruz, 1867), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 16, f. 3.
[21] 1867, marzo, 7; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Mandato del doctor José de Méndez, gobernador eclesiástico; en Expediente a instancia de D. Domingo Brito y Salazar… (Puerto de la Cruz, 1867), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 16, ff. 3-4v.
[22] 1872, abril, 3; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Informe de Agustín Pérez, párroco de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife; en Expediente a instancia de D. Fernando Viejobueno y López… (Santa Cruz de Tenerife, 1872), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 40, f. 3.
[23] 1871, octubre, 28; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Solicitud a instancia de Antonio Roquero y Santos, vecino de Santa Cruz de Tenerife, sobre la exhumación y traslado del cadáver de su madre María de los Dolores Santos enterrado en el cementerio de dicho lugar, para ser depositado en un sepulcro en propiedad en el mismo cementerio; en Expediente a instancia de D. Antonio Roquero y Santos(Santa Cruz de Tenerife, 1871), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 35, f. 1.
[24] 1871, octubre, 28; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Informe de Domingo González y Morales, párroco de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife; en Expediente a instancia de D. Antonio Roquero y Santos(Santa Cruz de Tenerife, 1871), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 35, ff. 2v.-3.
[25] «han pasado los cinco años marcados por el art. 2º de la R.O. de 30 de enero de 1851 para poder hacer la traslación de cadáveres dentro de un mismo cementerio»; 1871, octubre, 30; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Informe del doctor Siverio Alonso Pérez, fiscal eclesiástico; en Expediente a instancia de D. Antonio Roquero y Santos(Santa Cruz de Tenerife, 1871), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 35, ff. 3-3v.
[26] 1871, septiembre, 12; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Decreto del doctor José de Méndez, gobernador eclesiástico, mandando que se envíe el expediente al Fiscal Eclesiástico para que realice su informe; en Expediente a instancia de D. José Fuentes(Santa Cruz de Tenerife, 1871), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 33, f. 2v.
[27] 1871, septiembre, 15; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Informe del doctor Siverio Alonso Pérez, fiscal eclesiástico; en Expediente a instancia de D. José Fuentes(Santa Cruz de Tenerife, 1871), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 33, f. 3v.
[28] 1867, mayo, 3; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Informe de Agustín Pérez, párroco de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife; en Expediente a instancia de D. José Benítez y Morales(Santa Cruz de Tenerife, 1867), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 18, ff. 2v.-3.
[29] 1868, enero, 22; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Informe de Miguel F. Rivero, fiscal eclesiástico; en Expediente a instancia de D. José Benítez y Morales(Santa Cruz de Tenerife, 1867), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 18, ff. 3-3v.
[30] 1871, noviembre, 29; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Informe del doctor Siverio Alonso Pérez, fiscal eclesiástico; en Expediente a instancia de D. Juan Monteverde y Bethencourt… (La Orotava, 1871), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 37, ff. 3v-4.
[31] 1876, mayo, 12; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Informe del doctor Siverio Alonso Pérez, fiscal eclesiástico; en Expediente a instancia de Dª. Francisca González Hernández(Santa Cruz de Tenerife, 1876), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 53, ff. 3-3v.
[32] 1865, noviembre, 21; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Oficio de Domingo Cabrera y Abad, beneficiado de iglesia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Laguna, al Gobernador Eclesiástico sobre la exhumación del cadáver de Pilar Guezala y Barnier; en Expediente a instancia de D. Patricio Madan… (Santa Cruz de Tenerife, 1865), AHDSCLL, AHD, lg. 1923, doc. 11, f. suelto [f. 8].
[33] FERNÁNDEZ HIDALGO; y GARCÍA RUIPÉREZ, (1994), p. 62.
[34] Así estaba regulado para aquellos fallecidos que llevaran enterrados entre dos y cinco años. Para los que sobrepasaran esa última fecha sólo se establecían los requisitos que el Jefe Político estimara oportunos. En: FERNÁNDEZ HIDALGO; y GARCÍA RUIPÉREZ (1994), p. 59.
[35] «Reglamento para el régimen y administración del cementerio municipal de la ciudad de San Cristóbal de La Laguna formado por el Muy Ilustre Ayuntamiento de la misma con acuerdo del Señor Gobernador Eclesiástico de la Diócesis de Tenerife»; en Expediente sobre Reglamento que debe regir en el cementerio de esta ciudad. (San Cristóbal de La Laguna; 1861) AHDSCLL, FHD, lg. 1922, doc. 24, exp. nº 21, f. [12].
[36] Según este artículo, si la muerte hubiese sido violenta ha de proceder el mandato de un juez; no permitiéndose en el artículo 12º el enterramiento sin que hayan pasado 36 horas desde el fallecimiento, en los casos ordinarios, y 48 para los muertos repentinos; «Reglamento para el régimen y administración del cementerio municipal de la ciudad de San Cristóbal de La Laguna, formado por el Muy Ilustre Ayuntamiento de la misma con acuerdo del Señor Gobernador Eclesiástico de la diócesis de Tenerife» (Véase signatura anterior)
[37] AHDSCLL, FHD, lg. 1823, docs. 28, 40, 41, 43, 44, 45, 46, y 47.
[38] AHDSCLL, FHD, lg. 1823, docs. 28, 40, 43, 44, 45, 46, y 47.
[39] Natural y vecina de La Orotava (C/ Viera), fallecida con 62 años, a las 14 horas del 5 de enero de 1868, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. No testó. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Orotava, libro 13 de entierros, f. 52. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 37)
[40] Natural y vecino de La Orotava (C/ de Viera, 1), fallecido con 18 años, a las 15 horas del 24 de abril de 1867, enterrado un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Orotava, libro 13 de entierros, f. 30. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 37) (Véase nota nº 89)
[41] Natural y vecino de Santa Cruz de Tenerife, fallecido a los 70 años, el 23 de julio de 1865, enterrado un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 20 de entierros, f. 151v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 20; y doc. 29)
[42] Natural de Ocaña (Castilla la Nueva) y vecino de Santa Cruz de Tenerife, fallecido a los 71 años, la noche del 1 de noviembre de 1863, enterrado un día después en el cementerio de su vecindad. Testó ante D. Sixto Regalado, escribano público del Partido de La Orotava el 11 de marzo de 1861. Está asentado su enterramiento en la parroquia Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 28 de entierros, f. 38v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 13)
[43] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife, fallecida a los 74 años, el 25 de febrero de 1866, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 9 de entierros, f. 95 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 35)
[44] Natural y vecino de Los Llanos de Aridane, fallecido a los 49 años, el 3 de abril de 1871, enterrado un día después en el cementerio de su vecindad. No testó. Está asentado su enterramiento en la parroquia Ntra. Sra. de los Remedios de Los Llanos de Aridane, libro 9 de entierros, f. 106 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 50)
[45] No consta de dónde era natural, siendo vecino de Los Realejos (Realejo Alto), fallecido a los 48 años, [no consta día], enterrado el 12 de abril de 1874 en el cementerio de su vecindad. No testó. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Santiago Apóstol del Realejo Alto, libro 7 de entierros, f. 135v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 55)
[46] Capitán de la Cuarta Compañía de La Orotava, natural y vecino de San Juan de la Rambla, fallecido [no consta edad], el 19 de marzo de 1852, enterrado un día después en la ermita de Santa Lucía en el Realejo Bajo. Testó ante D. Miguel Quintín de la Guardia, escribano público de Los Realejos el 23 de mayo de 1852. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción del Realejo Bajo, libro 7 de entierros, f. 22. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 5)
[47] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife, fallecida a los 73 años, el 1 de junio de 1865, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 28 de entierros. f. 144 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 13)
[48] Natural y vecino de Santa Cruz de Tenerife, fallecido a los 40 años, el 17 de diciembre de 1879, enterrado un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 11 de entierros, f. 166v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 59)
[49] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife, fallecida a los 10 años, el 28 de noviembre de 1880, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 11 de entierros, f. 186v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 62)
[50] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife, fallecida a los 3 años, [no consta día], enterrada el 28 de marzo de 1865 en el cementerio de su vecindad. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 28 de entierros, f. 128v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 18)
[51] Natural y vecino de Santa Cruz de Tenerife, fallecido a los 34 años, en la madrugada del 2 de mayo de 1866, enterrado ese mismo día en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 9 de entierros, f. 100 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 33)
[52] Natural de Las Palmas de Gran Canaria, vecina de Garachico y residente en Puerto de la Cruz (Plaza de la Constitución), fallecida a los 46 años, en la madrugada del 24 de febrero de 1875, enterrada ese mismo día en el cementerio del Puerto de la Cruz. Testó ante D. Manuel Reyes, escribano de Garachico [no consta fecha]. Está asentada su defunción en el Registro Civil del Puerto de la Cruz, libro de defunciones del año de 1875, [folio] 19, partida 18 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 57)
[53] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife, fallecida a los 15 años, el 23 de julio de 1865, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 28, f. 243v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 30)
[54] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife (C/ San Francisco Javier), fallecida a los 22 años, a las 19 horas del 7 de octubre de 1869, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 10 de entierros, f. 113 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 47)
[55] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife, fallecida a los 10 años, en la madrugada del 22 de septiembre de 1865, enterrada ese mismo día en el cementerio de su vecindad. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 28 de entierros, f. 162. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 36)
[56] Natural y vecino de Santa Cruz de Tenerife, fallecido a los 16 años, el 18 de septiembre de 1865, enterrado un día después en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 28 de entierros, f. 161v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 36)
[57] Natural de Icod de los Vinos y vecino de La Orotava (C/ de Viera), fallecido a los 63 años, [no consta día], enterrado el 3 de octubre de 1867 en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Orotava, libro 12 de entierros, ff. 97v.-98 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 8)
[58] Natural de La Orotava, vecino del Puerto de la Cruz y residente en San Cristóbal de La Laguna, fallecido a los 30 años, el 16 de septiembre de 1864, enterrado un día después en el cementerio de su residencia. No testó. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Laguna, libro 20 de entierros, f. 127v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 16)
[59] Enfermedad que afecta a la bilis.
[60] Natural y vecina del Puerto de la Cruz (C/ San Juan, 12), fallecida con 1 año y un mes de edad, a las 13 horas del 30 de julio de 1866, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Peña de Francia del Puerto de la Cruz, libro 13 de entierros, ff. 249-249v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 31)
[61] Natural de Matanzas (Cuba) y vecina del Puerto de la Cruz (Plaza de la Concepción, 2), fallecida a los 3 años, a las 23.30 horas del 28 de septiembre de 1866, enterrada un día después en el cementerio de su vecindad. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Peña de Francia del Puerto de la Cruz, libro 14, f. 8v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 26)
[62] Natural de Puerto Príncipe (Cuba) y vecino de Santa Cruz de Tenerife (C/ El Pilar), fallecido a los 11 años, a las 14 horas del 31 de octubre de 1867, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 10 de entierros, f. 43 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 46)
[63] Natural y vecino de Santa Cruz de Tenerife (C/ Castillo), fallecido a los 18 años, a las 16.30 horas del 10 de febrero de 1867, enterrado unos día más tarde en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 10 de entierros, f. 9v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 43)
[64] Natural y vecina de La Orotava (C/ de Viera, 1), fallecida a los 62 años, a las 14 horas del 4 de enero de 1868, enterrada un día más tarde en el cementerio de su vecindad. No testó. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Orotava, libro 13 de entierros, f. 52. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 37)
[65] Natural de Puerto de la Cruz y vecino de Santa Cruz de Tenerife (C/ San Francisco), fallecido a los 26 años, a las 20 horas del 7 de abril de 1868, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 29 de entierros, f. 119v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 28)
[66] Natural de San Cristóbal de La Laguna y vecina de Santa Cruz de Tenerife (C/ El Norte, 12), fallecida a los 67 años, el 11 de abril de 1869, enterrada ese mismo día en el cementerio de su vecindad. No testó. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 11 de entierros, f. 9v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 32)
[67] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife (C/ Saltillo, 5), fallecida a los 60 años, a las 15 horas del 28 de noviembre de 1869, enterrada un día más tarde en el cementerio de su vecindad. Testó ante D. Manuel del Castillo [escribano de Santa Cruz de Tenerife] en 1835. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 10 de entierros, f. 122. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 38)
[68] Natural de Cádiz (Andalucía) y vecino de Santa Cruz de Tenerife (C/ Clavel, 5), fallecido a los 75 años, a las 2 horas del 19 de noviembre de 1869, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 29 de entierros, f. 248. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 40)
[69] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife (C/ El Pilar), fallecida a los 23 años, a las 13.30 horas del 27 de enero de 1870, enterrada un día más tarde en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de San Francisco de Asís de Santa Cruz de Tenerife, libro 10 de entierros, f. 132. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 44)
[70] Natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife (C/ El Castillo), fallecida a los 19 años, a las 15.00 horas del 14 de agosto de 1870, enterrada un día más tarde en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 30 de entierros, f. 20. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 45)
[71] Natural de San Juan de la Rambla y vecino de Santa Cruz de Tenerife (C/ El Norte), fallecido a los 46 años, a las 11.30 horas del 7 de mayo de 1871, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife, libro 30 de entierros, f. 76v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 53)
[72] Natural y vecino de San Cristóbal de La Laguna (C/ Laurel, 58), fallecido a los 49 años, a las 3.30 horas del 5 de junio de 1872, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. Testó ante el licenciado D. Juan Navarrete y Vargas [escribano de San Cristóbal de La Laguna] el 31 de enero de 1872. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Laguna, libro 22 de entierros, f. 26v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 60)
[73] Natural y vecino de San Cristóbal de La Laguna (C/ San Agustín, 50), fallecido a los 71 años, a las 10 horas del 10 de enero de 1872, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. Testó ante el notario D. Miguel Cullen [notario del Ilustre Colegio de la Provincia] el 30 de diciembre de 1871. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de San Cristóbal de La Laguna, libro 22 de entierros, f. 2v. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 52)
[74] Natural de Arafo y vecino de San Cristóbal de La Laguna (Los Baldíos), fallecido a los 72 años, a las 2 horas del 3 de septiembre de 1873, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. Testó ante el notario D. Miguel Cullen, notario del Ilustre Colegio de la Provincia, el 18 de septiembre de 1868. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Concepción de La Laguna, libro 22 de entierros, f. 92. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 54)
[75] Natural de La Orotava y vecino de Puerto de la Cruz (C/ La Hoya), fallecido a los 82 años, a las 00.15 horas del 26 de marzo de 1882, enterrado un día más tarde en el cementerio de su vecindad. Testó ante el notario D. Nicolás Hernández Escobar, el 23 de diciembre de 1875. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Ntra. Sra. de la Peña de Francia del Puerto de la Cruz, libro 16 de entierros, f. 62. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 63)
[76] Natural y vecino de Tacoronte (La Caridad), fallecido de un accidente en Santa Cruz de Tenerife a los 19 años, el 17 de octubre de 1869, enterrado un día después en el cementerio de Tacoronte. No consta que haya testado. Está asentado su enterramiento en la parroquia de Santa Catalina Mártir de Tacoronte, libro 11 de entierros, f. 125 (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 61)
[77] 1882, octubre, 25; Tacoronte (Tenerife) Certificado firmado por Damián Martín Hernández, párroco de Santa Catalina Mártir de Tacoronte, de la partida de enterramiento de Domingo Fernández Abad, natural y vecino de dicho lugar en La Caridad; en Expediente a instancia de Dª. Juana Hernández Abad… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 61, f. 2.)
[78] 1829, [Sm., Sd,]; La Orotava (Tenerife) Solicitud a instancia de Luis Román y Herrera, vecino de La Orotava, para tener sepulcro en propiedad donde están enterrados los restos de su esposa Elena Lugo y Sotomayor, para ser usado por él y su familia; en Expediente a instancia de D. Luis Román y Herrera… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 1)
[79] 1873, enero, 18; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de D. Jerónimo Hermes… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 48, ff. 2-2v.)
[80] Había testado ante D. Sixto Regalado, escribano publico del partido de la Orotava, el 11 de marzo de 1861. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 24)
[81] 1866, junio, 6; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de D. Patricio L. de la Guardia(AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 13)
[82] 1865, septiembre, 20; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de D. Patricio Madan [y Cambreleng]… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 11)
[83] AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 20; y doc. 28.
[84] 1869, agosto, 29; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. María del Carmen de Castro y Calzadilla… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 25) // 1871, octubre, 27; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Instancia de Dª. Carmen Espinosa de Clavijo… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 34); // 1873, octubre, 11; San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) Expediente a instancia de D. Claudio J. Sarmiento… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 49)
[85] 1837, febrero, 16; Puerto de la Cruz (Tenerife) Expediente a instancia de D. José Cullen Churchill… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 2)
[86] 1867, enero, 15; Puerto de la Cruz (Tenerife) Expediente a instancia de D. Domingo Brito y Salazar… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 16)
[87] 1867, noviembre, 25; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de D. José de la Encarnación García... (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 21)
[88] 1871, octubre, 27; Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) Expediente a instancia de Dª. Ana Bartlett de Tabares… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 36)
[89] 1871, noviembre, 24; La Orotava (Tenerife) Expediente a instancia de D. Juan Monteverde y Bethencourt… (Véase nota nº 40) (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 37) Caso similar al de Juana Hernández Abad, natural y vecina de Tacoronte, quien solicita el 28 de octubre de 1882, la exhumación de los cadáveres de su marido Pedro Fernández del Castillo Martel; y su hijo Domingo Fernández Abad, para su traslado al sepulcro familiar construido en el cementerio de dicho lugar. (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 61)
[90] 1871, noviembre, 28; La Orotava (Tenerife) Expediente a instancia de D. Antonio M. Casañas… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 39)
[91] «Don Benito Pérez, Da Francisca Ra-/ viesa; y Da Luisa Perez, hermanos, hi-/ jos y herederos del capitán Don Jose Pe-/ rez Chavez, y Da María Marta Fernandez,/ que parece quieren colocar lapidas en/ el sepulcro de la dicha su difunta ma-/ dre, y que en él se coloquen en lo sucesi-/ vo los restos»; 1845, marzo, 3; La Orotava (Tenerife) Acta firmada por el regidor Lorenzo Machado Ascanio y el síndico personero Esteban de Salazar Monteverde, del Ayuntamiento de La Orotava, en Expediente a instancia de Dª. Luisa Pérez Fernández… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 3, f. 8v.)
[92] «que desea hacer un panteón en el sepulcro en que fueron depositados los restos mortales de su hermano Don Juan en el Campo Santo de esta Iglesia, y que en ese mismo lugar dispuesto al proposito sean despositados tambien los restos de sus padres Don Pablo Lorenzo Havana y Da María Lorenzo Pino, los de su hermanos Don Jorge y Don Eustaquio, y los de los legitimos descendientes de estos dos hermanos que mueran en el seno de Ntra. Sra. Madre Iglesia Católica Apostólica Romana»; 1872, junio, 16; Los Llanos [de Aridane] (La Palma) Solicitud a instancia de Víctor M. Lorenzo y Lorenzo, cura de la iglesia de los Remedios de Los Llanos de Aridane, para hacer un panteón en el sepulcro donde está enterrado su hermano Juan y depositar también los suyos, los de sus padres y hermanos, en Expediente a instancia de D. Víctor M. Lorenzo y Lorenzo… (AHDSCLL, FHD, lg. 1923, doc. 42, f. 1)
[93] La tipología documental de estos expedientes están formados por una solicitud enviada al Obispo o en su defecto al Vicario de Justicia. Uno u otro contestan enviando notificación al párroco del lugar donde hubiese sido enterrado para que emita informe según la información aportada (partida sacramental) y atendiendo al examen visual del sepulcro. Si fuera a ser realizado el traslado entre municipios deben emitir informe los párrocos de las parroquias implicadas. Una vez recibido éste se manda al Fiscal Eclesiástico la realización del suyo, atendiendo a lo aportado por el párroco y a la normativa vigente. Con todo, será el Obispo (el Vicario o el Gobernador Eclesiástico) quien realice el mandato final con visto bueno a la solicitud; con el añadido de las puntualizaciones que considere.



Comentarios

  1. Buenas tardes, agradecería información de donde solicitar copia del expediente (58) de exhumación de D. Amaro González de Mesa y Laserrada, así como si existe información genealógica sobre dicho apellido Laserrada en Canarias, Atte. J.Carreras Laserrada.

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